El abuso de firma en blanco y su valoración pericial

firma en blanco

El abuso de firma en blanco es un engaño y también un delito.

Se incluye en delitos los recogidos en el Capítulo II del Código penal español, relativos a las falsedades documentales.

Este engaño consiste en conseguir que una persona firme un documento en blanco o con alguna pieza de texto sobre la que después se añaden párrafos con intención fraudulenta.

El firmante es engañado ya que ha plasmado su firma en un documento que se rellena a posteriori y cuyo contenido, por lo tanto, desconocía completamente en el momento de firmar.

Aunque pueda parecer increíble, los abusos de firma en blanco son casos frecuentes que los peritos calígrafos nos encontramos en nuestro quehacer cotidiano.

En estos casos, la valoración pericial no consiste en demostrar que lo falso no es la firma en sí, sino que el documento ha sido manipulado.

Por eso, ante sospechas de un abuso de firma en blanco, es muy importante que el perito calígrafo examine el documento en su totalidad, no sólo la firma, y que el examen pericial se realice sobre el documento original.

¿Qué observamos en las falsificaciones por firma en blanco?

  • Es muy importante comprobar la tinta con la que se ha escrito el documento y, sobre todo, si existe variabilidad de tintas que esté delatando a varios útiles escritores.
  • También hay que comprobar la posible intervención de distintas manos autoras en el documento.
  • Es esencial comprobar el espacio gráfico: si existen zonas en las que las palabras o letras se encuentran más apretadas.
  • También es importante comprobar la superposición de trazos, es decir, si el texto manuscrito o mecanografiado se solapa por encima de la firma.

Este último es uno de los elementos clave para detectar un abuso de firma en blanco, pero no está exento de complejidad, ya que no siempre existen superposiciones de trazos.

Un caso real de abuso de firma en blanco

La sentencia nº 187/2023 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Guadalajara, recoge de forma muy extensa y detallada un caso de abuso de firma en blanco en el que intervine como perito calígrafo.

En este caso, intervinimos dos peritos calígrafos.

El perito de la parte contraria corroboró que la firma del documento cuestionado sí que era auténtica, pero no examinó el resto del documento. Además, sólo trabajó sobre fotocopias.

Por mi parte, solicité examinar los documentos originales y no me centré sólo en la firma.

El caso estaba claro, se trataba de un caso de adición de texto manuscrito sobre un documento previamente firmado.

Por supuesto, la firma sí que era auténtica, pero, pese al fracasado intento de la demandante por defender su inocencia, no se trataba de probar eso.

Se trataba de probar que ella había manipulado el documento añadiendo un texto posterior a la firma y cuyo contenido, obviamente, el firmante desconocía por completo.

El magistrado así lo expuso en su sentencia:

“El dictamen aportado por la demandante, elaborado por D. A.R y ratificado en Sala, se basa solamente en el análisis de la firma, pero no del resto del contenido de los documentos como sí hace la perito de las demandadas. Asimismo, no ha examinado documentos originales por lo que sus conclusiones no pueden ser tan precisas.

Pero Dña. Sandra María Cerro Jiménez sí ha trabajado con documentos originales y ha obtenido resultados más concluyentes, argumentándose que ha sido manipulado de forma “burda, sobre la marcha, en varios momentos”.

A la vista del documento se comparten plenamente sus conclusiones porque se deduce que primero habría sido firmado y después “se ha interpolado un párrafo”, que es el que favorece a la demandante.

Así, se aprecian párrafos escritos a lápiz y posteriormente sobrescritos en bolígrafo azul, diferentes tipos de útiles escritores, de tintas y se recogen vestigios técnicos de “falsificación por interlineación o interpolación”.

El documento 3, en términos forenses y a la vista del dictamen, ha sido objeto de “falsificación por firma en blanco” y por su contenido y finalidad, dada la demanda y antecedentes judiciales de las sucesoras, se trata de un documento esencial para estimar el derecho reclamado por Dña D.

Su falta de autenticidad, como mínimo, ofrece dudas más que razonables, dado que el juzgador no cree en la intrascendencia de un acto de alteración tan importante.

La propia perito de la demandada advierte que, si no se trabaja sobre documentos originales, el informe sería indiciario, porque la fotocopia no permite la misma fidelidad y, de hecho, los distintos tipos de tinta, textura y composición son elementos muy llamativos que el informe del actor no puede recoger”

Conclusiones sobre el abuso de firma en blanco

A la vista de esta sentencia, se pueden extraer interesantes conclusiones sobre el abuso de firma en blanco:

  • No es un acto de falsificación intrascendente, sino que puede acarrear graves consecuencias jurídicas para el que lo realiza.
  • Es importantísimo trabajar sobre documentos originales, ya que las fotocopias o escaneados no ofrecen la veracidad necesaria como para extraer conclusiones concluyentes, sino meros indicios de falsificación.
  • Los peritos, ante el encargo del cliente, debemos estudiar el documento en su totalidad, no sólo la parte que nos indiquen y que pueden estar ocultando intenciones fraudulentas.
  • En casos de firma en blanco hay que comprobar las tintas, la posibilidad de intervención de distintas manos, la ocupación del espacio gráfico y posibles alteraciones en el documento (tachados, borrados, sobrescritos, etc)

No es ninguna broma inocente realizar un abuso de firma en blanco.

Según establece el artículo 395 del Código Penal, en un caso como este de falsificación de un documento privado, la pena es de prisión, de seis meses a dos años.

Así que, si has sido víctima de este tipo de falsificación documental, conviene que lo denuncies lo antes posible y que contrates a buenos abogados y peritos calígrafos que puedan llevar tu caso.

Sandra Cerro – Grafóloga y Perito calígrafo

Peritocaligrafosc.com

Sandracerro.com

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